Una importante lucha ecologista acaba de concluir a favor del medio ambiente. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León echó por tierra los cambios de normativa realizados por la Junta para facilitar la autorización de una estación de esquí en un Parque Natural. El pretexto era el habitual: favorecer el desarrollo de la zona. Lo indignante es que, mientras tanto, no se han elaborado ni puesto en marcha ninguno de los planes de desarrollo que prevén las normativas para favorecer a los habitantes de los espacios naturales.

Fernando Diez Vegas. El Ecologista nº 57

Han pasado varios años desde que se constituyó la Plataforma en Defensa de San Glorio (PDSG) con una finalidad concreta: defender los espacios naturales de la amenaza que suponía la construcción dentro de sus términos de una estación de esquí alpino, conocida como la estación de San Glorio. Han sido casi cinco años de un trabajo duro en defensa de los valores medioambientales frente a la especulación urbanística camuflada de “último tren del desarrollo” y contra la prepotencia de una Administración regional que no duda en saltarse leyes propias y ajenas a favor de iniciativas privadas de muy dudosa rentabilidad, pero de seguro impacto ambiental.

Agrupados en torno a esta Plataforma, Ecologistas en Acción, ARCA, Plataforma en Defensa de la Cordillera Cantábrica, FAPAS, Fundación Global Nature, y un gran número de asociaciones naturalistas, culturales, sindicatos, agrupaciones de montañeros, así como miles de personas a título individual, han aportado su granito de arena para la conservación de estas zonas de indudable valor ecológico.

La estación de esquí de San Glorio habría afectado directamente a dos enclaves protegidos: el Parque Natural de Fuentes Carrionas y Fuente del Cobre-Montaña Palentina y el Parque Regional de Picos de Europa. Ambos espacios se incluyen en la Red Natura 2000, son ZEPA y LIC, además de considerarse vitales por los expertos para la supervivencia del urogallo y del oso pardo cantábrico.

A pesar de estos valores, “La Junta de Castilla y León está en condiciones de remover los obstáculos legales que hoy hay para que se pueda realizar una estación de esquí en San Glorio […] Coincidimos en que tenemos que facilitar los trámites, y lo estamos haciendo, porque el primer trámite que estamos facilitando es cambiar la norma para que este proyecto se pueda presentar” (Carlos F. Carriedo, Consejero de Medio Ambiente, Sesión de las Cortes 2 de marzo de 2005). El 15 de marzo de 2006 la Junta modifica de un plumazo el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de Fuentes Carrionas, eliminando todas las prohibiciones de construir estaciones de esquí alpino que se recogían en dicho Plan de forma expresa.

La PDSG consideró que no se había aportado ningún argumento jurídico, y mucho menos técnico y/o económico, que justificara el cambio en la legislación, lo que vulneraba leyes de ámbito autonómico, estatal y europeo. Además de la perversión que supone la modificación de una normativa que protege un espacio natural en beneficio de iniciativas privadas.

Con estas convicciones varios colectivos de la PDSG presentaron recursos contenciosos administrativos ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León, elevaron una queja comunitaria ante la Comisión de Medio Ambiente de Bruselas y una petición al Parlamento Europeo, a la vez que solicitaron al Defensor del Pueblo que valorase la legalidad de la modificación del PORN. Por otro lado, expertos de distintas universidades y habitantes de zonas rurales del pirineo aragonés –que han sufrido en sus carnes la especulación urbanística asociada a las estaciones de esquí– participaron en las distintas jornadas que la Plataforma organizó cada año en León y Palencia.

La PDSG también ha colaborado activamente en la emisión del programa Línea 900, La Batalla de San Glorio, que fue emitido en TVE2. Desde la Plataforma en Defensa de la Cordillera Cantábrica se ha promovido y conseguido la edición por parte del Ministerio de Medio Ambiente del libro Uso Sostenible y Conservación en la Cordillera Cantábrica. A la par, doscientos científicos de distintas universidades elaboraron un rotundo manifiesto contrario a la construcción de la estación de esquí, reconociendo la incompatibilidad de la misma con la conservación de los valores naturales del entorno.

En octubre de 2007, el CSIC, a petición del TSJ de Castilla y León, emite un informe en el que se concluye que “la instalación de una estación de esquí tendría consecuencias muy negativas para el núcleo oriental de osos, hipotecando irreversiblemente sus posibilidades de supervivencia y, quizás, la del conjunto de la población cantábrica”. Posteriormente, en diciembre de 2007, el Defensor del Pueblo envía a la Junta el informe que solicitó la Plataforma. En él se recoge que “las estaciones de esquí alpino, en él [PORN] prohibidas, se convierten ahora en autorizables, lo que en principio y dado el impacto de las mismas supone una rebaja en la protección del Parque Natural, cuya repercusión no ha sido estudiada ni analizada previamente”.

Una sentencia demoledora

Finalmente, el 8 de enero de 2008, el TSJ de Castilla y León dicta sentencia a favor de los grupos conservacioncitas en relación al contencioso interpuesto por ARCA (faltan por resolverse otros dos contenciosos presentados por Ecologistas en Acción y SEO-Birdlife). En 25 folios el tribunal no deja títere con cabeza. Los palos a la actuación de la Junta se suceden línea tras línea y son de una tremenda contundencia.

La sentencia considera que la modificación de siete artículos del PORN eliminando la prohibición de construir instalaciones de esquí alpino es una “decisión injustificada e ilegal”, que se realizó “sin ningún dato, análisis, informe o estudio técnico” que la justifique; reitera en varios párrafos la calificación de ilegal por vulnerar numerosos preceptos legales europeos, estatales y autonómicos. La página 18 de la sentencia es también gratificante, cuando afirma que “los informes y alegaciones de prestigiosos especialistas (CSIC, Universidades de León y Salamanca) ponen de relieve las graves repercusiones que tendría la instalación de una estación de esquí”.

Por otro lado, el TSJ, señalando un informe del Director del Instituto de Medio Ambiente, recoge como un dato más a tener en cuenta el “cambio de las condiciones climatológicas de la Península Ibérica como consecuencia del cambio climático”. Este apartado de la sentencia es el que más debate ha suscitado en los medios de comunicación en Palencia y León –seguramente de manera interesada para ocultar el varapalo judicial a la Administración autonómica–. Pero la Plataforma considera mucho más importante que el Tribunal reconozca la vulneración de distintas normativas por parte de la Junta, califique de injustificada e ilegal su actuación y acuse de dejación de funciones a la Consejería de Medio Ambiente.

El último tren

También el TSJ desmonta el discurso del “último tren del desarrollo”. El Tribunal señala que el cauce legal para fomentar el desarrollo socioeconómico está previsto en la ley 8/1991 mediante ayudas técnicas y financieras, y en el propio PORN elaborando un Plan de Desarrollo Turístico, así como el Plan Rector de Uso y Gestión y el Plan de Mejora, ninguno de los cuales, también lo dice el Tribunal, se ha realizado. En este mismo sentido, el TSJ considera a la estación de esquí de muy poca viabilidad económica.

Es paradójico que durante todos estos años se haya acusado a la Plataforma en Defensa de San Glorio de anteponer el oso a los pueblos de montaña. Al contrario de lo que se dice, en estos años, la Plataforma ha exigido a las distintas Administraciones, Junta, Diputaciones y Ayuntamientos, la necesidad de elaborar los planes de desarrollo que por ley y sentido común se deberían haber puesto en marcha hace ya mucho tiempo, haciendo compatibles tanto el desarrollo local como la conservación del medio natural.

Pero no sólo asistimos a una grave dejación de funciones e irresponsabilidad por parte de la Junta, sino que los propios Ayuntamientos afectados no han sabido ni reclamar ni exigir dichas medidas, ni tampoco una adecuada gestión de los fondos MINER y FEDER que han llegado a estas zonas para su desarrollo. Paralelamente, tanto desde estas Administraciones como desde el grupo inversor Tres Provincias se vendía la estación de esquí como el último tren del desarrollo, tren que ha traído un enfrentamiento y tensión ente los propios habitantes de estas zonas, entre montañeses y ecologistas, y aunque parezca increíble, entre pueblos leoneses y palentinos, culminando en manifestaciones a favor de un San Glorio leonés. El esperpento en grado sumo.