Las alegaciones de Ecologistas en Acción pusieron de manifiesto el carácter «desregulador» de la modificación, eufemísticamente llamado «flexibilización», que se inscribe en un proceso (es la cuarta «flexibilización») iniciado en 2007, cuando el presidente Chaves anunciara la famosa «flexibilización» del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía, aprobado por el Parlamente. Una desregulación que conduce exactamente al punto donde estamos, una burbuja inmobiliaria con efectos devastador. Recuédese la cifra recientemente declarada por la banca de 150.000 millones de euros en créditos de dudoso cobro en en el sector inmobiliario.

La modificación no deja claro el procedimiento para el cálculo de la población, a efectos de la aplicación del límite establecido en el POTA respecto a la población, lo que propicia aún más la flexibilización de los límites del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.

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Modificación LOUA

En suelos de uso residencial eleva el número máximo de viviendas permitido en un 20% respecto a la normativa ahora vigente. No hay necesidades de viviendas que justifiquen esto, pero sí un exceso de viviendas y suelo.

Permitirá a los municipios disminuir las cesiones obligatorias de terrenos desde el 10% hasta el 5% del incremento de edificabilidad planteado, un quebranto para los intereses públicos, y permitirá sustituir la cesión de suelo para equipamientos y dotaciones que legalmente deben realizar los promotores a favor de los ayuntamientos, por una cuantía económica equivalente a su valor, lo que va a suponer el riesgo probable de ser un medio más de «generación indirecta» de ingresos municipales.

Continúa la ambigúedad en la transparencia no estableciendo determinaciones claras. No se está facilitando el debate público y la participación ciudadana en la mayoría de los casos y cuando se hace algo, no se sobrepasa el nivel de propaganda. Recordemos que España es uno de los cuatro países europeos (junto a Malta, Chipre y Luxemburgo) que aún no han aprobado una ley de acceso a la información pública (ley de transparencia), indispensable para luchar contra la imposición de intereses particulares a los generales, la arbitrariedad y la corrupción.

El órgano colegiado que actuará como ventanilla única, supuestamente para facilitar a los ayuntamientos la tramitación de los informes sectoriales vinculantes, corre el riesgo de relentizar los trámites, justo lo contrario de lo que se proclama puede significar la privatización de la función pública de tutela de la Junta de Andalucía, vía subcontratación de informes, es decir una aplicación de la directiva de servicios.

No se limitan la modificaciones parciales al planeamiento, lo que en la práctica significará que los Ayuntamientos podrán seguir, como hasta ahora, acumulando decenas de modificaciones sin hacer una revisión del plan, degradando el significado de la planificación.

La modificación incluye facilidades para la legalización de urbanizaciones ilegales, sin delimitar las condiciones para justificar tales facilidades.

Frente a éstas nuevas medidas desregulatorias, que aceleran por el camino de la insostenibilidad, brillan por su ausencia avances significativos en la senda de la racionalidad, la lucha contra la especulación y los principios de sostenibilidad y precaución.